Los vehículos deben llevar según la legislación diversos distintivos, como el de la ITV o la 'L' de conductor novel. Además, la normativa permite colocar otros adhesivos en el vehículo, pero siempre que no disminuyan la visibilidad. Así lo indica el artículo 19 del Reglamento General de Circulación: «La superficie acristalada del vehículo deberá permitir, en todo caso, la visibilidad diáfana del conductor sobre toda la vía por la que circule, sin interferencias de láminas o adhesivos». Es por ello que, en el caso de las pegatinas obligatorias, la normativa señala en qué lugar deben colocarse.Este adhesivo indica que el vehículo ha superado favorablemente la inspección técnica de vehículos (ITV), así como la fecha en la que debe pasar la próxima inspección. Según indica el Reglamento General de Vehículos, en el caso de aquellos vehículos que tengan parabrisas, el distintivo se debe colocar en el ángulo superio derecho del mismo por su cara interior. En el resto de vehículos, el distintivo se colocará en un sitio bien visible. Llevar la pegatina en un lugar incorrecto puede ser sancionado con una multa de hasta 100 euros.Circular con un vehículo en el que la colocación de adhesivos u otros elementos no autorizados impide la visibilidad diáfana de la vía puede ser sancionado con una multa de 200 euros.
Enlace relacionado:
https://www.ideal.es/sociedad/errores-cometer-conductores-pegatinas-vehiculos-20210529103603-nt.html#vca=modulos&vso=ideal&vmc=noticias-rel-cmp&vli=sociedad